TC da ‘luz verde’ para que sindicatos negocien alza de sueldos con el Estado

Juan Carlos Cortés, presidente de Servir, opina que la negociación colectiva deberá ser legislada bajo el modelo de ‘centralizado’ que favorece a ramas de actividad y no a entidades en particular.

Tribunal Constitucional. Declaró inconstitucional la exclusión de cuatro entidades.
Tribunal Constitucional. Declaró inconstitucional la exclusión de cuatro entidades.

Tras las demandas interpuestas contra diversos artículos de la Ley del Servicio Civil (Servir), el Tribunal Constitucional (TC) declaró como inconstitucional, entre otros, excluir la negociación colectiva de las remuneraciones en el sector público. Es decir, según la sentencia, los sindicatos del sector público a nivel nacional podrán negociar con el Estado el alza de los salarios.

Pero, previamente, será el mismo Congreso el encargado de aprobar la regulación respectiva para esta negociación. En el fallo se precisa que los lineamientos deberán aprobarse a partir de la primera legislatura ordinaria del periodo 2016-2017 y por un plazo que no podrá excederse de un año.

El laboralista Jorge Toyama explicó que aunque actualmente no es posible que el ámbito económico (salarios y otros) sea discutido a través de negociación colectiva en el sector público (ver opinión), a partir del fallo se empoderará a las confederaciones para discutir estos temas.

“La ley lo prohíbe, la ley dice que no se puede negociar contenido económico, no solo las remuneraciones. Por ende, el Congreso tiene que definir el modelo de negociación, los parámetros, las instancias, los procedimientos, toda la parte procedimental, herramientas; cómo se negocia, cuándo, cada cuántos años. Será un arduo trabajo”, remarcó.

Con esta sentencia, el TC ratificó un pronunciamiento anterior donde ya había señalado que es inconstitucional no incluir a las remuneraciones en la negociación colectiva, pues una prohibición absoluta de este tipo en el sector público resulta contraria a la Constitución.

Prohibición absoluta
¿Por qué se concibió inicialmente la Ley Servir sin la negociación colectiva de remuneraciones? Según explicó Juan Carlos Cortés, presidente de Servir, en el programa La Hora N, se consideraba que era mucho más sencillo que solo el Estado pudiera determinar estos temas salariales, “sobre todo en un momento inicial donde se debe buscar la equidad” en las instituciones.

“Ahora, con este cambio, se abre una situación distinta, en la cual la negociación va a ser parte de la política remunerativa. ¿Esto va a ser un poco más difícil? Sin lugar a duda”, subrayó.

El modelo
Servir espera que el Congreso pueda acordar, como parte del debate para establecer la legislación adecuada, que el modelo de la negociación colectiva sea ‘centralizado’.

“La apuesta desde el punto de vista de Servir es que la negociación sea centralizada, lo que significa que sean representantes del Estado y representantes de los sindicatos en todo el Perú (por ramas de actividad) los que se sienten en una mesa a dialogar”, remarcó Cortés.

Agregó que con la ‘luz verde’ otorgada por el TC al Congreso, “se abre un espacio grande y sumamente importante para el próximo Gobierno”.

Toyama explicó que en el modelo de ‘negociación centralizada’ dialogan las federaciones o los sindicatos nacionales con el Estado, favoreciendo acuerdos sectoriales o de rama de actividad a nivel nacional. “De esa manera el Estado se cuida de que los aumentos estén dentro del presupuesto establecido que tengan”, precisó.

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