¿Cuánto pagarías de multa si no presentas tu Declaración Jurada del Impuesto a la Renta?

Según Katarzyna Dunin – Borkowski del Estudio Bafur, las multa podría reducirse hasta en 90% en caso se presente la DJ antes que la Sunat notifique al contribuyente que ha cometido una falta.

El Estudio Bafur plantea algunas recomendaciones para cumplir con la Declaración Jurada del IR.

Estamos cada vez más cerca del 24 de marzo, fecha en la que se iniciará la presentación de la Declaración Jurada (DJ) del Impuesto a la Renta 2014 para las personas que no generen rentas empresariales, y quienes no cumplan con esta obligación deberán pagar una multa ascendente a S/. 1,925.

“La sanción es equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y en este caso la UIT del 2015 asciende a S/. 3,850 y el 50% de ese monto sería la multa que la Sunat te aplicaría en caso no presentes la DJ dentro de los plazos establecidos”, indicó Katarzyna Dunin – Borkowski, Directora de la División Tributaria del Estudio Barrios & Fuentes Abogados (Bafur).

Recordó que los plazos para presentar la DJ van desde el 24 de marzo hasta el 9 de abril, y está en función del último dígito del RUC de cada contribuyente.

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Sin embargo, manifestó que la multa podría reducirse hasta en un 90% en caso el contribuyente decida presentar su DJ antes que la Sunat notifique a la persona que ha cometido una infracción.

“Si presentas la DJ luego de recibir la notificación de la Sunat, entonces la entidad tributaria te da un plazo, y dentro de ese plazo si tú regularizas y presentas tu DJ entonces tendrás una rebaja del 60%”, señaló.

La especialista recomendó a los contribuyentes a ser más cuidadosos en la información que consignen en la DJ que presentarán a la Sunat, lo cual resulta importante ya que es el documento que sustentará los ingresos y adquisiciones que tuvo el año pasado.

“Las personas naturales debemos tener una consistencia en nuestros ingresos y en nuestros gastos, y si no existiera eso la Sunat puede convocarnos a una reunión y preguntarnos por qué hay una diferencia”, advirtió.

Agregó que si el contribuyente no sustenta adecuadamente cualquier diferencia entre sus ingresos y gastos, la Sunat podría iniciar auditorías contra esa persona y así determinar que existe un incremento patrimonial no justificado.

“Por eso es importante que la información que vayamos a incluir en la DJ anual sea precisa y no contenga errores”, subrayó.

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