Universidades podrían recibir multa de hasta S/ 1.1 millones si no cumplen Ley Universitaria

Incluso podría ser cancelada la licencia de funcionamiento de la universidad infractora, indica el reglamento de sanciones publicado hoy por la Sunedu. También es considerada infracción grave usar los activos de las universidades privadas para fines distintos a los universitarios.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) publicó hoy la escala de sanciones para los diversos tipos de infracciones que pueden cometer las universidades.

Así, establece tres escalas de sanciones. Por infracciones leves, una multa no menor a 1 UIT (S/ 3950), hasta 30 UIT (S/ 118,500).

Por infracciones graves, una multa mayor de 30 UIT (S/ 118,500), hasta 100 UIT (S/ 395,000), y también podría imponerse la suspensión de la licencia de funcionamiento de la universidad.

En caso de infracciones muy graves, la multa serpa mayor a 100 UIT (S/ 395,000), hasta las 300 UIT (S/ 1.185,000), y también podría darse la cancelación de licencia de funcionamiento de la casa de estudios.

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Entre las diferentes infracciones que pueden darse la Sunedu señala que no cumplir lo dispuesto en la Ley Universitaria (Ley 30220), como el cambio de estatutos y elección de nuevas autoridades, constituye una infracción grave.

También es considerado infracción grave usar directa o indirectamente los activos de las universidades privadas para fines distintos a los universitarios.

Muy grave también será no reinvertir las utilidades de la universidad en la mejora de la calidad de la educación, en el caso de las universidades societarias que opten por acogerse al beneficio tributarios.

No respetar la gratuidad de la enseñanza de la universidad pública también será considerado muy grave.

Mientras que contar con docentes ordinarios mayores de 70 años en las universidades públicas será una infracción leve.

Adecuación de universidades
La semana pasada la Sunedu informó que 21 de las 31 universidades públicas en el Perú ya eligieron nuevas autoridades por voto universal, como lo establece la Ley Universitaria.

Asimismo, de las 10 entidades educativas que aún no cumplen con esta disposición, 5 están en proceso de adecuación a la norma, entre las que figuran las universidades Mayor de San Marcos, Federico Villarreal y Enrique Guzmán y Valle-La Cantuta, en Lima, así como San Luis Gonzaga de Ica y Nacional de Trujillo, mientras que en las 5 restantes los procesos están judicializados.

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En tanto, señaló que 30 de las 31 universidades públicas en el país ya cuentan con un nuevo estatuto, siendo la Universidad Nacional Mayor de San Marcos la única que aún no posee este reglamento interno.

Asimismo, Sunedu indicó que 43 de las 45 universidades privadas con autorización definitiva han presentado sus nuevos estatutos al igual que 42 de las 44 universidades privadas con autorización provisional.

Hasta el momento, Sunedu emitió medidas preventivas contra 5 universidades públicas que disponen el desconocimiento de sus autoridades (rector o decanos, según sea el caso) con mandato vencido el 1 de enero de 2016, para efectos de todos los procedimientos administrativos, registros, bases de datos y toda actuación que se lleve a cabo ante Sunedu.

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