Drones: Lanzan seguro que permitirá cubrir daños ocasionados por estos aparatos

Los operadores de drones deben de tener licencia emitida por la DGAC y contar, durante la vigencia de la misma, con una póliza de Responsabilidad Civil para dichas aeronaves, con un límite mínimo de US$ 20,000.

Ante la necesidad de que haya una cobertura que proteja a terceros ante posibles accidentes que se puedan registrar por el uso de drones en el Perú, la compañía Rimac Seguros lanzó al mercado una cobertura de Responsabilidad Civil para aeronaves pilotadas a distancia (RPA), conocidas como “drones”.

La empresa indicó que estos aparatos desarrollan sus actividades en sectores como la agroindustria, telecomunicaciones, espectáculos deportivos, entre otros.

“He tenido la oportunidad de ver drones en conciertos, en procesiones, y en el estadio; entonces, qué pasa si el aparato se cae y le daña el rostro a una persona que implique una cirugía ¿quién cubre este accidente? Por ello se ha creado este seguro”, manifestó el vicepresidente de Riesgos Patrimoniales de Rimac Seguros, Max de Freitas.

De Freitas explicó que los drones se han usado cada día más en Perú, por ejemplo, para temas ligados a la agricultura y en la prevención de desastres naturales.

“Ahora con lo del fenómeno El Niño se han utilizado los drones para saber cómo se encontraban los bordes de los ríos en la zona norte. Incluso para seguridad ciudadana una municipalidad ha señalado que fortalecerá su vigilancia a través de drones”, apuntó.

Refirió que en el último mundial de fútbol en Brasil se observaron drones sobrevolando la cancha, mostrando desde arriba el juego con los mejores ángulos. También destacan por su efectividad en situaciones límites, especialmente en áreas que quedaron aisladas o de difícil acceso.

En todo el mundo los drones se utilizan para acceder a zonas peligrosas para el ser humano, tal es el caso de los volcanes en actividad. En Perú, algunas universidades y numerosos investigadores los emplean en proyectos científicos de todo tipo, incluso, para documentar y proteger los sitios arqueológicos.

El uso de drones está regido mediante la Norma Técnica Complementaria “Requisitos para las Operaciones de Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia” aprobada mediante Resolución Directoral N° 501-2015-MTC/12 y supletoriamente la Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su reglamento.

De Freitas mencionó que en Perú no hay antecedentes de accidentes ocurridos por el uso de dichas aeronaves, pero que precisamente por eso, esta norma y su reglamentación apuntan a prevenir hechos lamentables y que, de darse, se cuente con un seguro que permita cubrir posibles daños a terceros.

“Aún no se tiene una estadística de cuántos drones existen en el país; sin embargo, la norma señala que habrá un registro y control de los mismos”, agregó.

El ejecutivo detalló que la norma señala que los operadores de estas aeronaves deben de tener licencia emitida por la DGAC y contar durante la vigencia de la misma con póliza de Responsabilidad Civil para dichas aeronaves, con un límite mínimo de US$ 20,000.

“Por ello, nuestros planes de cobertura van desde US$ 20,000, US$ 50,000 hasta US$ 100,000. Sumas aseguradas mayores se evaluarán”, refirió.

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