BID prestará US$ 300 millones al Perú para medidas de prevención de desastres naturales

El préstamo podrá ser utilizado en un plazo de tres años, los cuales podrán ser renovados por tres años adicionales, según un decreto supremo del MEF.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy un préstamo contingente con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de US$ 300 millones que serán destinados a financiar los gastos de emergencia ante la ocurrencia de un desastre natural o crisis de tipo económica o financiera.

Este préstamo contingente se denomina “Programa de Modernización de la Gestión para la Cobertura Universal de Salud I” y se dará bajo la modalidad de Préstamo de Apoyo a Reformas de Política bajo Opción de Retiro Diferido, que será acordado entre el Perú y el BID.

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El préstamo puede ser utilizado en un plazo de tres años, renovables por tres años adicionales, dando un plazo total de seis años, y se amortiza en una sola cuota que vende el 15 de abril del 2028. Devenga una tasa de interés basada en la LIBOR a tres meses, más un margen a ser determinado por el BID de acuerdo con su política sobre tasas de interés.

Además se pagará una comisión inicial del 0.50% del monto del préstamo contingente; una comisión de renovación del 0.50% del saldo no desembolsado del préstamo contingente en caso de renovarse el plazo de utilización por tres años adicionales; y una comisión de inmovilización de fondos del 0.25% anual sobre el saldo por desembolsar del préstamo contingente, de acuerdo con la políticas del BID.

Según un decreto supremo del MEF, publicado hoy, se autoriza al MEF, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para que en el marco de los desembolsos efectuados con cargo al préstamo contingente, se pueda ejercer los instrumentos financieros denominados “Facilidad de Conversión de Moneda” y “Facilidad de Conversión de Tasa de Interés”.

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La unidad ejecutora del “Programa de Modernización de la Gestión para la Cobertura Universal de Salud I” será el MEF, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público.

También se autoriza al ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura, a suscribir en representación del Perú, el contrato correspondiente al préstamo contigente, así como al Director General de la Dirección del Endeudamiento y Tesoro Público del MEF a suscribir los documentos que se requieran para implementarlo.

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