Tras la revelación de los casos de corrupción reconocidos por Odebrecht, a nivel internacional y en el caso peruano, por el pago de US$ 29 millones en sobornos, el Ejecutivo emitió una serie de decretos legislativos para ampliar la responsabilidad de las empresas.
Si bien, desde 2014 -con miras a ingresar a la OCDE- se había empezado a discutir en el país una normativa que hiciera responsable de delitos directamente a las personas jurídicas, ésta -que fue aprobada en abril de 2016- hacía alusión sólo al cohecho internacional, dado que la OCDE exigía justamente que los países miembros sancionaran a las empresas que sobornaban a funcionarios públicos en el exterior.
Ahora, sin embargo, dado los numerosos escándalos de corrupción a nivel regional, tal normativa no era suficiente. De esta manera se amplió el cohechó a nivel general, lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Y, es que la norma entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2018, con lo que esta medida ha tocado las puertas del vecino país del sur, detalla el diario Pulso de Chile.
Consultas chilenas por el certificado o modelo
En el caso de Chile, desde 2009 tienen una norma similar; bajo ella se ha condenado a varias empresas, tales como Ceresita, Salmones Colbún, además de formalizar a Penta y Corpesca.
Así, detallan que varias compañías peruanas se están contactando a abogados chilenos para entender la problemática y generar modelos que les permitan prevenir los delitos, considerando que en Perú tener un certificado y modelo opera como eximente a la hora de enfrentar un proceso judicial.
“La preocupación que hemos visto por parte de empresas peruanas está en el cómo diseñar e implementar modelos de prevención de delitos. Partir desde cero, tal como lo hizo Chile, no es fácil”, señala el director de Riesgo Regulatorio y Gobiernos Corporativos de Deloitte, Felipe Divin.
Los socios de BCP Balmaceda y Cox Abogados, Matías Balmaceda y Francisco Cox de Chile -que han desarrollado el tema con más de 60 empresas-, cerraron en el 2014 una alianza con el estudio de abogados peruano, Loli & García Cavero Abogados, hoy parte del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas.
BH de Chile también concretó una alianza hace un mes con García Sayán Abogados.
En el año 2014, eso sí, el tema no era relevante; las compañías lo veían lejano; a ellas no les pasaría.
Sin embargo, con el caso Odebrecht -a fines de 2016- todo cambió. “Si bien Perú tenía muchos casos de corrupción, con Odebrecht era primera vez que ocurría un caso con una empresa de esa envergadura, y que era un par, lo que cambió la mirada”, explica Sierra.
Desde ahí en adelante, los teléfonos han sonado de manera bastante más permanente, en el que empresas peruanas han realizado consultas a Chile, entre ellas están SSK -filial de Sigdo Koppers-, Indumotora y el Banco de Crédito del Perú (BCP).
Balmaceda explica, en tanto, que ya han trabajado en dos o tres propuestas concretas. “Las empresas saben que algo va a ocurrir en enero”, destaca.
Cox subraya, además, que varios de sus clientes los han contactado, porque tienen operaciones afuera y más allá de que en Perú se dicte una normativa, está el cohecho internacional (activo transnacional), que si lo ejercen personas vinculadas con la matriz, puede llegar hasta Chile. “Eso nos abrió las puertas respecto a que esto no es algo local, que hay que hacer cosas fuera”, explica.
Hoy, las empresas peruanas se están preocupando de ordenar la casa, redactar sus procedimientos y empezar así a preparase.
Certificado o documento clave
En Chile, tener un modelo de prevención de delitos y un certificado que lo respalde no lo exime o libera a la hora de enfrentar un proceso, sin embargo en el caso peruano es distinto. El interés por tener una certificación es mayor, porque sí libera de la condena; medida que es cuestionada por los penalistas locales.
“Se puede generar un incentivo perverso a que las empresas tengan certificados y modelos de papel”, dice Balmaceda.
“Esto incentiva a las firmas a tener modelos guardados en el cajón”, añade Sierra.
En el caso de las empresas que han ingresado al mercado de valores, Deloitte de Chile, explica que de todas formas se exige para formalizar la investigación que la Superintendencia de Mercado de Valores emita un informe técnico que se pronuncie acerca de la implementación y funcionamiento del modelo de prevención.
De hecho, Cox subraya que sin perjuicio de que te digan que el certificado puede ser una forma de exclusión, los fiscales van a ir finalmente a verificar si son reales o no, tal como ocurre en Chile.
Más allá de ello, las opiniones concuerdan en un punto: las empresas y los directorios están teniendo más conciencia. La corrupción ya no es lejana, le puede pasar a cualquier compañía más allá de que se sienta inmune. Y si bien falta por avanzar -los expertos estiman que se requiere un mayor cambio cultural donde el encargado de Prevención esté a la altura del directorio- la máquina ya comenzó y está claro que no se detendrá.