Cuota de pesca asignada a la merluza es la más altas de los últimos años, según Produce

La cuota asignada hace dos días supera en 8,172 toneladas a la cifra establecida en la temporada anterior debido a medidas de protección del recurso.

El Ministerio de la Producción (Produce) señaló hoy que la cuota de pesca del recurso merluza de 47,129 toneladas que se asignó hace dos días, es considerada una de las cuotas más alta de los últimos años y son resultados de las medidas de protección del recurso adoptadas recientemente.

Cabe señalar que la cuota de extracción del recurso merluza de 47,129 toneladas ha sido fijada para el periodo comprendido entre el 1 de julio del 2014 y el 30 de junio del 2015.

El año 2010, la cuota establecida ascendió a 40,000 toneladas; la misma cifra se repitió en el 2011 y bajó a 25,800 toneladas el año 2012. Para el primer semestre del 2013, la cuota fijada fue de 17,888 toneladas, mientras que para el periodo 01 de julio del 2013 al 30 de junio del 2014, fue fijada en 38,957 toneladas.

“La actual cuota de extracción de merluza se ha fijado luego de recibir la recomendación y sustentación científica del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), entidad técnica que cautela el aprovechamiento sostenible de los recursos del mar. Como se recuerda el mayor uso de la merluza está destinada al rubro del congelado. En el año 2013, los desembarques para el referido rubro ascendieron a 31,187 toneladas”, indicó el ministerio.

El área de extracción ha sido considerada entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 06°00´Latitud Sur y en este régimen podrán participar las embarcaciones pesqueras arrastreras que posean permiso de pesca vigente para la extracción de merluza, además de contar con un límite máximo de captura asignado y la plataforma baliza del Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat), entre otras disposiciones.

De otro lado, las plantas de procesamiento solo podrán recibir el recurso merluza de las embarcaciones de arrastre cuyos titulares hayan suscrito convenios de fiel y cabal cumplimiento.

Aquellos que incumplan lo dispuesto serán sancionados conforme lo establece la Ley General de Pesca y su reglamento, así como el Texto Único Ordenado del reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas y demás normas vigentes.

Las Direcciones Generales de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo y de Supervisión y Fiscalización del Produce, las direcciones regionales de la Producción de los gobiernos regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión y velarán por lo dispuesto por el Produce.

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