La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) redujo el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósito (FSD) desde S/ 97,604 entre junio y agosto de este año hasta S/ 97,552 para los meses de setiembre a noviembre.
Esta cifra se actualiza trimestralmente, en función al Índice de Precios al Por Mayor – mide la variación en los precios de un conjunto de bienes que se distribuyen en el canal de comercialización mayorista -.
Esta vez se basa en la variación del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) desde diciembre de 1998 hasta agosto 2017.
Las cifras resultantes se redondean a la centena superior. Se considera como índice base el correspondiente a octubre de 1996.
Según datos del INEI, este índice aumentó 0.19% en agosto, acumulando entre los meses de enero y agosto del presente año una variación negativa de -0.63%. No obstante, entre setiembre 2016 y agosto 2017, registró un crecimiento de 1.38%.
La circular N° B-2238-2017 (ver aquí) lleva la rúbrica de Socorro Heysen Zegarra, jefa de la SBS.
El FSD es la institución que protege el ahorro de los usuarios, en caso la institución financiera donde los mantiene quiebre o ingrese en un proceso de liquidación.
Para que el FDS responda por los montos de sus ahorristas, la institución financiera en cuestión debe ser miembro y deberá efectuar aportes al mismo durante 24 meses.