Indecopi multó a 156 empresas de transporte interprovincial terrestre de pasajeros

Dichas empresas incumplieron con la obligación de brindar información a los consumidores, así como por la falta de idoneidad, es decir, por no ofrecer un servicio adecuado a sus clientes, informó el Indecopi.

Desde el año 2011 a setiembre del 2013, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso multas por 910,96 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a 156 empresas de transporte interprovincial terrestre de pasajeros por no ofrecer un servicio adecuado a sus clientes.

De acuerdo al análisis del Mercado de Transporte Interprovincial de Pasajeros por vía Terrestre, realizado por la Gerencia de Estudios Económicos del Indecopi, dichas sanciones fueron aplicadas en el periodo enero de 2011 hasta setiembre de este año.

Las empresas más multadas son: Expreso Cial (67,10 UIT), Turismo Civa (45,75 UIT), Transportes Cruz del Sur (40,51 UIT), Empresa de Transportes Flores Hnos. (40 UIT) y Empresa de Transportes Junín (22,77 UIT), entre otras.

Las causas principales que motivaron las sanciones son: no cumplir con la obligación de brindar información sobre el servicio (67 multas) y la falta de idoneidad en el incumplimiento de las condiciones de la prestación del servicio (58 multas).

Otros motivos fueron: incumplir las medidas correctivas dictadas por el Indecopi (42 multas), pérdida del equipaje (39 multas) y no contar con el Libro de Reclamaciones (29 multas).

El estudio incluyó las tarifas que cobran algunas empresas formales de transporte terrestre interprovincial con una presencia importante en Lima.

En este aspecto, las empresas que más elevan sus precios, en promedio, en épocas de gran demanda como Navidad, son: Tepsa (67.49%), Civa (54.26%), Oltursa (41.10%) y Transportes y Turismo Raraz (45.67%).

Asimismo, las rutas que en promedio muestran mayores alzas de precio de pasajes, durante el periodo analizado, son Lima – Camaná (94.44%), Lima – Zarumilla (80.95%), y Lima – Tumbes (61.98%).

El Indecopi precisó que no tiene competencias para fijar el precio de los pasajes, los mismos que se rigen por la ley de la oferta y la demanda.

Sin embargo, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, pone a disposición de la ciudadanía esta información para que los consumidores puedan informarse y optar por la empresa de transporte que más les convenga.

Vea el informe “Análisis del Mercado Inteprovincial de Pasajeros Vía Terrestre, con enfoque en la protección al consumidor” de Indecopi en este link.

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