El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso una serie de medidas para los trabajadores del sector público y privado que el próximo 10 de abril participen activamente en la jornada electoral como presidente o miembros de mesa o para que aquellos que laboren ese día y puedan votar.
De acuerdo al Decreto Supremo No 004-2016-TR publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se establece que los trabajadores cuya jornada laboral coincidan con las Elecciones Generales 2016, tienen derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto.
Se indica también que las personas que actúen como miembro de mesa y cuya jornada de trabajo coincida con esa fecha, están facultadas para no asistir a sus centros de labores. Los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar, según corresponda.
La norma dispone declarar el 11 de abril como día no laborable de naturaleza compensable para los ciudadanos que desempeñen de manera efectiva el cargo de miembros de mesa durante las Elecciones Generales del 2016. Para dicho efecto, los empleadores de los sectores públicos y privados deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de los establecido.
Se señala que la ONPE otorgará a cada miembro de mesa, un Certificado de Participación por haber cumplido con su deber cívico, el cuál deberá ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores para gozar del día no laborable.
Voto en provincias
La norma indica que los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distinto a su lugar de votación, que ejerzan su derecho a voto en las Elecciones Generales 2016 y siempre que acrediten haber ejercido su derecho, no laborarán los días viernes 8, sábado 9, domingo 10 y lunes 11 de abril de 2016.
En el sector privado, mediante un acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de los días no laborados. Si embargo, a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
En el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.