Poder Judicial continúa respaldando legalidad de aporte por regulación que percibe el Oefa

Esta vez, una instancia del Poder Judicial ratificó la improcedencia de la demanda de amparo presentada por la empresa minera Minsur en contra del Aporte por Regulación.

Los aportes por regulación y las multas son las fuentes de ingreso del Oefa.
Los aportes por regulación y las multas son las fuentes de ingreso del Oefa.

La Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la improcedencia de la demanda de amparo presentada por la empresa Minsur contra el Decreto Supremo Nº 130-2013-PCM del 19 de diciembre del 2013, que establece la alícuota del Aporte por Regulación a compañías mineras en favor del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa).

Esta instancia del Poder Judicial indicó que la vigencia del mencionado decreto supremo no ocasiona perjuicio a la minera demandante, además de señalar que el proceso de amparo no es la vía idónea para pretender la inaplicación de esta norma.

Según el Oefa, esta decisión se suma a los pronunciamientos de tres de las cinco Salas Civiles de la Corte Superior de Justicia de Lima y diversos juzgados de Lima, Callao y Arequipa a favor de la legalidad y validez del cobro del aporte por regulación, dinero que se destina íntegramente a las labores de fiscalización.

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