En los últimos días, La Sunat emitió un comunicado a nivel nacional dónde indicaba que aquellas personas contribuyentes que tengan domicilio fiscal en cualquiera de las localidades afectadas por los huaicos y declaradas en Estado de emergencia, contarán con una prórroga que irán de entre 45 y 60 días en los plazos de cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
“Esta medida, que es ejecutada desde el año 2007, busca que aquellos contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, no se vean afectados por posibles sanciones por el incumplimiento de sus obligaciones”, sostienen.
Este plazo corre desde la fecha de publicación de la declaratoria de emergencia.
En lo que va del año, el Gobierno Central ha declarado en emergencia los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Ancash, Cajamarca y La Libertad, así como algunas provincias y distritos de Ica, Lima, Callao, Huancavelica y Arequipa.
En dichas zonas, los contribuyentes ya cuentan con la facilitación de una prórroga de su vencimiento, para cumplir con obligaciones como en el caso de la declaración anual del Impuesto a la Renta.
Los contribuyentes podrán conocer su nueva fecha de vencimiento mensual o de la declaración anual 2016, ingresando al siguiente enlace: Orientación Sunat, en el cual aparece un reporte personalizado del cronograma de vencimientos.