Sunat: Cronograma de vencimiento para Declaración Anual de Renta 2015 empieza mañana

Ente recaudador espera más de 900,00 contribuyentes cumplan con su obligación tributaria en las próximas horas, entre personas naturales y empresas del Régimen General. Ahora lo puede hacer desde el Internet, ingresando al portal web de la Sunat.

Atención. El cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2015 empieza mañana, por lo que se espera que en las próximas horas alrededor de 900,000 contribuyentes entre personas naturales, que obtienen ingresos por sus servicios profesionales como independientes, y empresas del Régimen General, cumplan con su obligación tributaria, según reportó la Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat).

Hasta el momento, más de 180,000 contribuyentes ya cumplieron con presentar la declaración anual correspondiente al 2015, lo que representa un incremento de 25% en comparación a similar periodo del año anterior.

Este crecimiento, en opinión del ente recaudador, confirma que las facilidades y servicios implementados por su sector, se han convertido en una valiosa herramienta para cumplir con la obligación tributaria.

El cronograma de vencimientos, de acuerdo al último dígito de RUC, se inicia mañana miércoles 23 de marzo y finaliza el viernes 8 de abril.

¿Cómo presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta?

1.- La declaración se puede presentar a través de Internet, ingresando con su “Clave SOL” a la página web: www.sunat.gob.pe. De esta forma ya no es necesario acudir hasta la sede de la entidad tributaria, para cumplir con la responsabilidad. Aunque sus oficinas están disponibles, si lo desea, para ofrecer orientación.

2.- Ubicar los formularios virtuales, tanto para personas naturales (N° 701) como empresas (N° 702), que ya tienen una declaración preelaborada (con información sobre las rentas y estados financieros), la misma que solo se tiene que validar o modificar con darle un clic. Así, ya no es necesario descargar un programa en una computadora para cumplir con esta obligación.

3.- Luego de presentar la declaración, se podrá efectuar el pago de los impuestos correspondientes con tarjetas de crédito o debido afiliadas a Verified by Visa. También, de ser el caso, podrá solicitar la devolución de los pagos o retenciones en exceso por Internet. Estas se atenderán en un plazo máximo de 45 días hábiles.

Cabe precisar que los contribuyentes que no puedan pagar la deuda tributaria calculada en la declaración, podrán fraccionarla inmediatamente, a través de un nuevo formulario virtual, habilitado desde el mes de febrero. La ubica en el portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe).

Las solicitudes que no se presenten paralelamente con la Declaración de Renta tendrán que esperar cinco días hábiles para poder ser fraccionadas. Los montos a fraccionar deberán ser superiores al 10 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/ 395.

¿Quiénes están obligados a presentarla?

La Sunat remarcó que están obligados a presentar la declaración anual de Impuesto a la Renta, las personas naturales que registraron ingresos superiores a los S/ 25,000 el 2015, por rentas de primera categoría (alquiler de uno o más bienes muebles o inmuebles), segunda categoría (ganancias de inversiones de capital), cuarta categoría (ingresos como profesional independiente), quinta categoría (rentas de trabajo) y rentas de fuente extranjera.

También deben presentar la declaración contribuyentes del Régimen General (empresas), considerando incluso sus rentas de origen extranjero, las cuales se deben incluir en la declaración a la Sunat.

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