Sunat embargará el patrimonio a gerentes de empresas deudoras

El gerente de una compañía deudora podrá ser embargado en sus bienes. La deuda total de los 100 contribuyentes con mayores montos exigibles supera los S/. 14, 281 millones.

<strong>Objetivo.</strong> La Sunat atribuirá responsabilidad solidaria a los gerentes generales. (USI)
Objetivo. La Sunat atribuirá responsabilidad solidaria a los gerentes generales. (USI)

Miguel Alonso Juape Pinto
mjuape@diariogestion.com.pe

Las acciones de cobro de deudas al fisco ya no se limitarán al patrimonio de las empresas, sino que se ampliará la posibilidad de cobro y embargo a los bienes de sus representantes legales (gerentes generales y otros), reveló una fuente del Ejecutivo.

La Sunat ya inició una campaña para poder acotar deudas en cobranza coactiva que permanecen incobrables durante varios años. Cabe precisar que el monto de los 100 contribuyentes con mayor deuda exigible, según información de la Sunat, asciende a más de S/. 14,281 millones.

Para hacer frente este incumplimiento ahora la Sunat atribuirá responsabilidad solidaria al gerente general de la empresa deudora, siempre que las decisiones de este hayan ocasionado el no pago de los impuestos, dijo.

La responsabilidad del gerente general será solidaria si existe dolo, negligencia o abuso de sus facultades durante el tiempo de su administración, precisó. No obstante, el representante legal acotado y ejecutado en su patrimonio personal por la Sunat (bienes, vehículos, cuentas bancarias entre otros) podrá replicar (demandar) contra la empresa, agregó.

Explicó que si bien la Sunat tiene esta facultad de atribuir la solidaridad en la deuda desde hace más de 10 años, su uso era muy restringido. Ahora, considerando que la cantidad de contribuyentes infractores ha aumentado, se usará de modo más intenso, reveló.

Importante
Las acciones empezaron a nivel nacional y en todos los sectores en octubre vía esquelas inductivas; y a partir de enero del 2013 se iniciarán las primeras acciones de ejecución, aseveró la fuente.

El primer grupo serán los contribuyentes con la condición de activos, con domicilio habido o “encontrado” por el fisco (además un grupo de “no habidos”) y que en todos los casos figuren en el sistema financiero como buenos pagadores de sus créditos.

La Sunat también inició conversaciones con Registros Públicos (Sunarp) para realizar un cruce de la información sobre bienes inmuebles y vehículos inscritos a favor de los representantes legales de las empresas deudoras.

Por otro lado, la fuente aseguró que algunos contribuyentes (gerentes) han empezado a pagar la deuda o a fraccionarla (se puede pagar hasta en 72 meses de acuerdo a ley). Sin embargo, la Sunat no permite el fraccionamiento de las deudas de tributos retenidos (rentas de quinta categoría y aportaciones a la ONP o a Essalud).

Las principales obligaciones que adeudan en general las empresas son por el Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas, dijo.

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