María del Pilar Olivo Bustos
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El inicio de la vida laboral de un estudiante es un tema que ha captado el interés en los últimos de los tres factores involucrados en dicho aprendizaje: la empresa, el Estado y el estudiante.
La docente de pregrado y posgrado de la Universidad de Piura, Luz Pacheco Zerja, señala que al momento de firmar un contrato es importante que el estudiante conozca las condiciones en las que empezará a laborar:
1.- Convenio. La firma de del convenio de prácticas es el primer paso para definir las condiciones en las que laborará el estudiantes y/o recién egresado. Existen las prácticas de tipo preprofesional (aun estudiante) y profesional (recién egresado).
2.- Horarios. Existen diferentes normas para cada tipo de convenio, por ejemplo en el caso de las prácticas pre-profesionales el estudiante debe cumplir una jornada no mayor a 6 horas diarias (30 horas semanales), mientras que el practicante profesional cumple una jornada de 8 horas diarias (48 horas semanales).
3.- Remuneración. La subvención económica mensual, no puede ser inferior a una Remuneración Mínima cuando la persona en formación cumpla la jornada máxima. Para jornadas inferiores el pago de la subvención es proporcional.
4. Descansos o “vacaciones”. En el caso de los practicantes los descansos no son remunerados, son subvencionados. Al decir remuneración estaríamos frente a la celebración de un contrato de trabajo, pero en este caso se trata de un convenio de formación, por lo cual, se dirá subvención económica. .
5. Seguridad médico. Cubrir los riesgos de enfermedad y accidentes a través de EsSalud o de un seguro privado con una cobertura equivalente a catorce (14) subvenciones mensuales en caso de enfermedad y treinta (30) por accidente.