Qué trabajadores no tienen derecho a pagos adicionales si laboran horas extras

Gestión TV. La edición de hoy del programa Trabajo en Acción recuerda que la jornada máxima de trabajo no debe exceder las 8 horas diarias o 48 horas semanales.

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El programa, a cargo del Ministerio de Trabajo, es presentado por Ana Cecilia Torres, Asesora de la Dirección de Capacitación y Difusión Laboral.

La especialista refiere que están excluidos de la jornada máxima de trabajo los trabajadores de dirección, los no sujetos a fiscalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes.

“Por lo que el empleador no tiene la obligación de pagar las correspondientes horas trabajadas en sobretiempo ni tampoco está obligado a registrar su control de asistencia”, indicó.

Estas y otras interrogantes sobre las normas que regulan la jornada de trabajo serán resueltas en el programa Trabajo en Acción, que forma parte de la parrilla de Gestión TV.

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