Indecopi: Vigencia indefinida de inspecciones no impide que municipios fiscalicen centros comerciales

Indecopi señaló que la obligatoriedad de que las empresas tramiten su inspección (por parte de Defensa Civil) no impide que las municipalidades fiscalicen centros comerciales cada vez que lo considere necesario.

Foto: Andina.
Foto: Andina.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) precisó que la resolución que declaraba “indeterminadas” los certificados de inspecciones de Defensa Civil, pero que esto no exoneraba a los gobiernos locales de fiscalizar los establecimientos comerciales, como Larcomar.

“Si bien los certificados de seguridad en Defensa Civil tienen una vigencia indeterminada, los gobiernos locales mantienen la obligación de fiscalizar a los establecimientos comerciales para que cumplan las normas de seguridad en defensa civil”, dijo en su comunicado.

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El ente regulador precisó que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi no ha declarado barrera burocrática la inspección per se (en sí) de la seguridad de los locales.

Por la mañana, el subgerente de Defensa Civil de la Municipalidad de Lima Mario Casaretto indicó que los certificados de inspecciones técnicas de Defensa Civil tenían vigencia indefinida desde 2014, como uno de las causas del incendio ocurrido en Larcomar ayer miércoles.

En ese sentido, Indecopi indicó que el pronunciamiento de la CEB se limitó únicamente a declarar ilegal la imposición de un plazo de vigencia de dos años, para los certificados de seguridad en Defensa Civil al amparo del artículo 38 del Decreto Supremo 058-2014-PCM (ver aquí).

Por ello, Indecopi dice que su resolución 0219-2014/CEB-INDECOPI (ver aquí) no desconoció “la obligación de los órganos ejecutantes de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa en seguridad en edificaciones, la cual ha sido establecida a través del artículo 55 del DS 058-2014-PCM”.

“Es decir, los organismos competentes han conservado la autonomía y el deber de realizar las inspecciones pertinentes cada vez que lo consideren necesario”, indica Indecopi.

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