SMV aprueba proyecto sobre Gestión Integral de Riesgos

Normativa comenzaría a regir en el 2017. La propuesta se difundirá a través del portal de la SMV, durante 20 días calendario contados a partir de hoy para recibir sugerencias y comentarios.

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) acordó la difusión en consulta ciudadana del proyecto de Gestión Integral de Riegos aplicable a aquellas entidades a las que la SMV otorga autorización de funcionamiento.

El proyecto de reglamento establece lineamientos, criterios y parámetros generales mínimos que las entidades supervisadas deben observar en el diseño, desarrollo y aplicación de su Gestión Integral de Riesgos, el cual debe incluir la identificación, evaluación, respuesta, control, información y comunicación, y monitoreo de los riesgos a los que están expuestos según el tamaño, volumen de transacciones y complejidad de las operaciones que realizan.

De esta manera, se podrá identificar eventos potenciales que puedan afectar a la organización, gestionar sus riesgos de acuerdo a su apetito por el riesgo, proporcionar una seguridad razonable para el logro de sus objetivos y de esta manera fomentar la confianza de los inversionistas, acorde con las exigencias y prácticas internacionales sobre la gestión integral de riesgos en las entidades del mercado de valores.

La SMV considera que el Riesgo Operacional es uno de los más importantes riesgos al cual están expuestas las entidades supervisadas para el adecuado desarrollo de sus operaciones.

Ante ello, el proyecto de reglamento cuenta con una sección de Gestión de Riesgo Operacional que tiene por objetivo establecer los criterios, lineamientos generales y mínimos que deberán considerar las entidades supervisadas.

La SMV indicó que es necesario que las entidades conformen una base de datos de eventos de pérdida centralizada, suficiente y de calidad, así mismo se requiere la implementación de planes de continuidad del negocio a efectos de que las entidades garanticen a los inversionistas su capacidad para operar en forma continua y minimizar las pérdidas en caso de una interrupción severa del negocio.

Las entidades deberán además implementar planes de seguridad de la información, que asegure la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información para la toma de decisiones.

Para fines de aplicación de la norma, se considera que las entidades supervisadas que formen parte de un Conglomerado Financiero tienen un plazo implementación a más tardar el 31 de enero de 2017 y, al 31 de diciembre de 2017 para el resto de entidades.

La propuesta de proyecto normativo se difundirá a través del Portal del Mercado de Valores www.smv.gob.pe, durante 20 días calendario contados a partir del día de su publicación en el Diario Oficial, para la recepción de sugerencias y comentarios por parte del público en general.

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