SMV someterá a consulta ciudadana que estados financieros de empresas se presenten el mismo día de su aprobación

Medida comenzará a regir en julio de este año con la finalidad de igualar la oportunidad de remisión de la información entre todos los obligados a dicha presentación, y así armonizar con los nuevos plazos establecidos en el Reglamento de Hechos de Importancia.

(Foto: Difusión)
(Foto: Difusión)

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) acordó someter a consulta ciudadana que la presentación de los estados financieros de las empresas inscritas en el Registro del Mercado de Valores (RPMV) y demás personas jurídicas se efectúe el mismo día y ya no al día siguiente de su aprobación.

Se recabará las sugerencias que ingresen al portal del Mercado de Valores y se prevé que en julio comenzará a regir este cambio con el fin de que la oportunidad de remisión de la información sea similar entre todos los obligados con dicha presentación, y así armonizar con los nuevos plazos establecidos en el Reglamento de Hechos de Importancia.

Las empresas emisoras así como las sociedades administradoras de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos colectivos, sociedades titulizadoras, empresas clasificadoras de riesgo y demás empresas inscritas en el RPMV, con excepción de las sociedades agentes de bolsa, deberán presentar a la SMV y, de ser el caso, a las entidades responsables de la conducción de los mecanismos centralizados de negociación, su información financiera individual auditada en el día de su aprobación, la cual podrá efectuarse hasta el 15 de abril de cada año.

Las personas jurídicas que entregan información intermedia individual e intermedia consolidada deberán presentarla el día de haber sido aprobada, siendo el plazo límite de los tres primeros trimestres de 30 y 45 días calendario, y el del cuarto trimestre de 45 y 60 días calendario, respectivamente, siguientes a las fechas de cierre. Por otro lado, el plazo límite para las sociedades matrices es el 15 de mayo de cada año.

Por su parte, los emisores que simultáneamente mantengan los mismos valores inscritos en otro mercado extranjero deberán presentar su información financiera intermedia individual correspondiente al cuarto trimestre dentro de los 60 días calendario siguientes a la fecha de cierre del período o en la fecha límite de presentación de la información financiera trimestral consolidada de acuerdo a la regulación del mercado extranjero, la que sea menor.

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