Basombrío retrocede: "Ninguna persona será detenida este domingo en el Censo"

El ministro del Interior dice que “ha dado instrucciones” para que ninguna persona sea detenida por la policía este domingo, día del Censo, pese a que ayer dijo todo lo contrario. ¿Qué pasó?

Carlos Basombrío, ministro del Interior, cambio de posición esta noche y aseguró que “ha dado instrucciones a la Policía para que ninguna persona pueda ser detenida por circular este domingo, día del Censo”.

“Solo se invocará a la población a colaborar”, afirmó el ministro a través de su cuenta de twitter. Como se recuerda, ayer, Basombrio aseguró que las personas que se encuentren fuera de sus casas el domingo 22 de octubre “serían llevadas a la comisiaría para empadronarse ahí y a las cinco de la tarde se irían a su casa”

Incluso, aseguró que si el ciudadano se resiste a ir a la comisaría, “los efectivos le explicará con el mayor respeto que debe ir a la estación policial”, señaló.

Estas afirmaciones generaron diversas críticas tomándose en cuenta, que la detención de un ciudadano, tal como lo establece la Constitución, únicamente se da por mandato escrito de un juez y en caso de flagrante delito. Caso contrario, no existe motivo alguno para que una persona sea detenida.


¿Y los turistas?
Pese a lo dicho por Basombrío aún siguen algunas dudas sobre aquellos que deben transitar ese día, y en ese grupo están los turistas. Aunque el jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), Aníbal Sánchez, indicó que los turistas podrán trasladarse con normalidad por el territorio nacional el 22 de octubre, Día del Censo.

Agregó que a las empresas y vehículos de servicios turísticos se les dará las facilidades que garanticen su adecuado funcionamiento.

De acuerdo con la Norma Técnica Censal N° 015-2017-INEI/CPV, los aeropuertos y terminales terrestres, ferroviarios o marítimos funcionarán con normalidad el Día del Censo.

Viajes en el censo
En el caso que las personas que viajen el Día del Censo dentro del territorio nacional, éstas podrán empadronarse previamente en la Oficina Censal Distrital correspondiente a su localidad de domicilio o alojamiento, cuya dirección puede consultarse en el siguiente enlace: https://goo.gl/Uf1FrV.

De no hacerlo, tendrán las facilidades para empadronarse en el primer aeropuerto, terminal terrestre o garita al que lleguen durante el horario de empadronamiento del Día del Censo.

Una vez empadronadas, recibirán una “Constancia de Persona Empadronada”, que le servirá para trasladarse a su vivienda, alojamiento o a su lugar de embarque, según sea el caso.

Los turistas provenientes del exterior que hayan llegado al Perú luego de las 00:00 horas del Día del Censo no serán empadronados y recibirán una “Constancia de Libre Tránsito”, que les permitirá trasladarse a su vivienda o alojamiento, en vehículos autorizados para circular.

Empresas turísticas
Según el INEI, las agencias de viajes y turismo, establecimientos de hospedaje, restaurantes, guías oficiales de turismo y otros prestadores de servicios turísticos podrán operar el 22 de octubre durante el horario de empadronamiento.

Para ello, la oficina departamental de los censos correspondiente a la ubicación de la empresa le extenderá una autorización, siempre que la empresa solicitante se encuentre incluida en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados y/o en la base de datos de prestadores de servicios turísticos a nivel nacional, cuya información será brindada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).

Los datos de las oficinas departamentales de los censos pueden ser consultados en el enlace antes señalado. Solo en el caso de Lima, la solicitud se presentará ante la oficina del INEI ubicada en el Jr. José María Plaza N° 178, distrito de Jesús María.

Las unidades de transporte que trasladen a viajeros, turistas y/o trabajadores del sector, y figuren en las bases de datos del Mincetur, circularán con normalidad el “Día del Censo” luego de realizar el trámite antes señalado ante la oficina censal distrital correspondiente a la ubicación de la empresa.

Asimismo, los museos, monumentos, áreas naturales protegidas y sus zonas de amortiguamiento atenderán durante sus horarios habituales.

Los trabajadores del sector turismo que laboren el 22 de octubre, entre las 8 a.m. y las 5 p.m. tendrán empadronamiento especial.

Los trabajadores del sector turismo que desempeñen funciones el Día del Censo, entre las 8 a.m. y las 5 p.m., deberán empadronarse en la oficina censal distrital correspondiente a su localidad de domicilio, a más tardar el 20 de octubre, para lo cual llevarán una carta suscrita por el empleador y dirigida al Jefe de la Oficina Censal Distrital solicitando el Empadronamiento Especial.

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