Contratos suscritos para reconstrucción deberán tener su cláusula anticorrupción

Es una de las modificaciones hechas por la Comisión de Constitución al proyecto de ley del gobierno para la reconstrucción del Perú, cuyo plan deberá ser publicado en 90 dias luego de publicada la ley.

El presidente de la Comisión de Constitución, Miguel Ángel Torres, anunció que uno de los cambios incluidos al proyecto de ley sobre la reconstrucción del Perú será que cada contrato de bienes, servicios, obras o consultorías que se haga en este proceso, deberá tener su cláusula anticorrupción.

“Entre las medidas para prevenir la corrupción y fomentar la transparencia se propuesto que todo contrato que se suscriba para la ejecución del plan incluya obligatoriamente cláusulas anticorrupción y resolución por incumplimiento”, dijo en la sesión del Pleno del Congreso que se reanudó hoy.

Indicó que se ha precisado que el plan de reconstrucción no solo comprenderá a infraestructuras de uso público, sino también a las que contribuyan a la reactivación económica de los sectores productivos, que impacten en pequeñas y medianas empresas familiares.

Dichas intervenciones no sólo buscarán un impacto económico sino también social y ambiental.

La Comisión de Constitución decidió eliminar del proyecto la posibilidad de extender los alcances de las medidas de reconstrucción a otras zonas que no habían sido afectadas directamente por los desastres naturales.

También se ha incorporado la obligación de que tanto la elaboración, modificación e implementación del plan de reconstrucción sean coordinadas previamente con los gobiernos regionales y locales.

“Corrigiendo así la visión centralista que proponía que la Autoridad para la Reconstrucción decidiera unilateralmente sobre estos aspectos”, enfatizó Torres.

Asimismo, indicó que se ha puesto de un plazo de 90 días para que el Poder Ejecutivo publique el plan de reconstrucción, con el objetivo de darle transparencia a su elaboración.

“Se ha establecido que tanto el presidente del Consejo de Ministros, como el Director Ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC), vengan a informar al Congreso de la República, sobre los avances y cumplimiento del plan”, acotó.

Además se estableció en el dictamen del proyecto de ley que será el Congreso de la República, y no el Poder Ejecutivo, el encargado de autorizar la prórroga de la vigencia de la Autoridad para la RCC.

Control ciudadano
Torres enfatizó que para facilitar el control ciudadano se establece que toda entidad ejecutante y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) deben publicar los informes de avance de la ejecución física y financiera de cada proyecto en su portal web respectivo.

“Esto a efectos de conocer el nombre del proyecto u obra, ubicación, tiempo de ejecución, fecha de inicio, fecha de culminación, nombre de la entidad responsable, nombre del contratista, nombre del supervisor de obra, presupuesto base, pagos efectuados, entre otros”, anotó.

Mencionó que todo contrato deberá incluir una cláusula que obligue a la empresas contratista a presentar una declaración jurada, donde señalen si sus representantes legales, accionistas, gerentes y directores tienen alguna sentencia o sanción administrativa con el Estado.

“En caso sea falsa la declaración, el contrato quedará resuelto de pleno derecho”, puntualizó.

Otra de las modificaciones del nuevo dictamen es la eliminación del párrafo 5.4, que autorizaba a los sectores del Poder Ejecutivo y gobiernos regionales a transferir recursos al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (Fondes).

Contraloría
El congresista de Fuerza Popular indicó que para que la Contraloría General de la República pueda ejercer un control posterior de las obras e imponer sanciones en caso de haber irregularidades, se mantiene el control simultáneo y que no será vinculante.

“El total de dichas acciones se realizarán en el marco de un plan de acción de control que se presentará dentro de los 15 días de la publicación del plan de reconstrucción”, añadió.

También se precisa que no se podrá exceptuar de responsabilidad a los funcionarios que tomen decisiones que impliquen el ejercicio de discrecionalidad en la gestión de los proyectos y contrataciones, vinculados a la reconstrucción.

“Se ha suprimido el silencio administrativo positivo en los procedimientos de titulación gratuita de propiedad única ubicada en zona habitable, los mismos que se realizarán en un plazo máximo de 30 días, sin costo y bajo responsabilidad”, indicó.

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