Corte Superior de Lima rechaza hábeas corpus a favor de Alejandro Toledo

Mediante su cuenta de Twitter, la instancia judicial indicó que el 11° Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima se encargó de rechazar el recurso presentado por la defensa del ex presidente del Perú.

La Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la demanda de Hábeas Corpus presentado a favor del expresidente Alejandro Toledo Manrique y que fue interpuesta por su abogado Heriberto Benítez Manrique.

Mediante su cuenta de Twitter, la instancia judicial indicó que el 11° Juzgado Penal para Procesos con Reos Libre de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo del juez Julio López Castro, se encargó de rechazar el recurso presentado por la defensa del ex presidente del Perú.

La demanda constitucional fue presentada contra el juez penal Richard Concepción Carhuancho, a cargo del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional por, según el documento, grave y latente amenaza contra la libertad individual y por flagrante violación al debido proceso, garantías judiciales y tutela procesal efectiva.

La defensa de Toledo Manrique alega en su demanda que el juez Concepción Carhuancho carece de competencia alguna para intervenir en investigaciones preparatorias sobre un probable delito de función cometido por un alto funcionario de la República quien, según la defensa, goza de una prerrogativa máxima de cinco años después de haber sido cesado en sus funciones para no ser denunciado ni sometido a proceso penal.

Ante lo expuesto, el juez López Castro refiere que Toledo Manrique cesó en sus funciones en julio del 2006, por lo que resulta evidente que en la fecha fue denunciado (3 de febrero de 2017), y en la que el juez Concepción Carhuancho emitió su resolución de formalización y continuación de investigación preparatoria (7 de febrero de 2017), ya había transcurrido más de los más de los cinco años que establece la Constitución.

Ante estas evidencias, el magistrado Julio López resolvió que el demandado no afecta los derechos invocados por la defensa de Toledo al momento de denunciarlo penalmente, someterlo al referido proceso y haber formalizado una investigación preparatoria contra él.

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