Defensoría recomienda al Congreso aprobar una ley de unión civil entre personas del mismo sexo

Defensoría del Pueblo recomienda que las personas trans puedan cambiar su nombre y/o sexo en sus documentos de identidad. Este procedimiento estaría a cargo de la Reniec.

Foto: Agencia Andina.
Foto: Agencia Andina.

A través de la aprobación de su Informe Defensorial N°175 Derechos humanos de las personas LGBTI: Necesidad de una política pública para la igualdad en el Perú, la Defensoría del Pueblo recomienda al Congreso aprobar una ley que reconozca la unión civil entre personas del mismo sexo, según el numeral 2 de su artículo 2 (ver aquí).

[ Lea también: Defensoría del Pueblo registró 212 conflictos sociales solo en junio ]

Además, recomienda que las personas trans puedan cambiar su nombre y/o sexo en sus documentos de identidad, a cargo de la Reniec.

“Una ley de identidad de género que establezca un procedimiento administrativo a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para que las personas trans puedan cambiar su nombre y/o sexo en sus documentos de identidad”, dice.

“Este procedimiento debe ser célere, no patologizante y respetuoso de su dignidad e intimidad”, acota el numeral 1 de ese mismo artículo la resolución defensorial.

Población vulnerable
El artículo 3 propone que se incluya a las personas LGTBI como “población vulnerable”. Esto requiere la modificación del artículo 3 del Decreto Legislativo N°1098 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

La resolución señala que esto permitirá diseñar y supervisar una política pública que garantice sus derechos fundamentales, “con visión intersectorial”.

Asimismo, se recomienda incorporar las categorías de “orientación sexual” e “identidad de género” al Código Penal (artículos 46 inciso 2 literal d) y 323). Esto incrementará los estándares de protección en el marco normativo vigente en consonancia con obligaciones internacionales del estado peruano.

“Esto a fin de superar los problemas de interpretación de los operadores jurídicos y brindar una mejor protección de los bienes jurídicos y derechos fundamentales de las personas LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex), que son afectados por conductas de violencia y discriminación”, señala la resolución.

Dato
Es el segundo informe aprobado por la Defensoría del Pueblo en lo que va del año, según su página web. El primer fue el Informe Defensorial Nº 174 Educación Intercultural Bilingüe hacia el 2021. Una política de Estado imprescindible para el desarrollo de los pueblos indígenas.

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