El Ejecutivo promulgó Ley de la Carrera Pública Magisterial

Reforma Magisterial amplía a cuatro áreas y regula la permanencia, evaluación y capacitación de los docentes del magisterio. La norma ofrece oportunidades de evaluaciones extraordinarias y fija Remuneración Íntega Mensual.

<strong>Oficial.</strong> Ley de la Reforma Magisterial regirá sobre la carrera y desempeño de los docentes. (Andina)
Oficial. Ley de la Reforma Magisterial regirá sobre la carrera y desempeño de los docentes. (Andina)

El poder Ejecutivo promulgó hoy la Ley de Reforma Magisterial que unifica en una sola norma a los docentes de la Ley del Profesorado y de la Ley de Carrera Pública, y que apunta a garantizar la meritocracia en el magisterio, según reportó hoy la Agencia Andina.

La Ley, oficializada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, consta de 79 artículos y 16 disposiciones transitorias que definen la carrera pública magisterial, regulan la formación del docente, la estructura de la carrera, los deberes y derechos de los profesores, la remuneración, las causas de cese, entre otros.

A diferencia de las normas anteriores, la Ley de Reforma Magisterial amplía a cuatro las áreas en las cuales puede desempeñarse los profesores (Gestión Pedagógica, Gestión Institucional, Formación Docente, Innovación e Investigación) y a ocho las escalas magisteriales en las que ascenderán a lo largo de su carrera profesional.

El artículo 23, sobre la permanencia en la carrera magisterial, establece, asimismo, que la evaluación del desempeño docente, es una condición para permanecer en la carrera magisterial, es obligatoria y se realiza cada 3 años como máximo.

Los profesores que no aprueben la evaluación en la primera oportunidad, reciben una capacitación de fortalecimiento de capacidades y luego se someten a una evaluación extraordinaria.

La norma les da dos oportunidades para ir a una evaluación extraordinaria, si no la aprueban, son retirados de la carrera pública. Crea, además, la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) para fijar el sueldo de los maestros.

El docente de la primera escala magisterial tendrá un sueldo equivalente al 100% de la RIM que la fijará el Ministerio de Educación, la misma que se irá incrementado en porcentaje hasta llegar a 260% para el maestro de la octava escala magisterial.

Establece también como causal de destitución, no presentarse a la evaluación de desempeño, haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, terrorismo, apología del terrorismo, incurrir en actos de violencia, concurrir al centro de trabajo el estado de ebriedad, entre otros.

La Ley de Reforma Magisterial fue aprobada el jueves por el Pleno del Parlamento. Puede descargar aquí la Autógrafa de la Ley aprobada por el Ejecutivo.

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