Propiedad Intelectual: ¿qué acciones debe tomar si alguien plagia su trabajo?

Mónica Germany, socia del Estudio Olaechea, explica que de acuerdo a ley el plagiar y copiar significa tomar una obra ajena y hacerla suya; y por ello, a través de la vía penal, quien plagia puede recibir una sentencia de hasta cuatro años.

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Si usted escribe un libro, una canción, o realiza alguna obra de arte, debe de saber que en el Perú existen leyes que pueden reconocer dicho trabajo como suyo a fin de evitar futuros plagios.

“Tenemos una ley común para los países miembros de la Comunidad Andina y tenemos otra ley de derechos de autor. Obviamente Perú también es miembro de otros convenios como el Convenio de Berna que incluye una protección de derechos de autor”, resalta Mónica Germany, socia del Estudio Olaechea.

Pero más allá de las leyes y convenios que puedan respaldar al autor, Germany aclara que, a diferencia de una marca, el derecho de autor no necesita un registro, solo por el hecho de la creación ya se le da una protección al autor. “Por la creación en sí misma tengo esa protección y está en la Constitución”.

¿Qué pasa si le plagian un trabajo? En ese caso usted podrá tomar dos acciones. Uno es por la vía administrativa y el otro por la vía penal.

“Tenemos una vía administrativa. La persona puede ir a Indecopi y acreditar que cree que una obra similar es suya y partiendo de ahí se tiene que ver hasta donde va el plagio y la copia servil. Se evalúa lo que es el plagio inteligente que consiste en modificar el escrito pero la esencia es la misma”, sostiene.

“Hemos tenido casos que en primera instancia se demora poco más de un año que puede ser apelable en una segunda instancia y puede demorar otro tanto. no es un procedimiento que en 30 días tienes una respuesta”, indica.

A esto se suma que si usted pone una acción de infracción en la vía administrativa tiene que pagar una tasa por la denuncia, otra por la inspección y otra tasa de aproximadamente S/ 500 por si pide una medida cautelar.

En el caso de la vía penal el supuesto infractor, podría recibir una condena de 4 a 8 años, y si bien va a tener que hacer un pago por la sanción, eso va a depender del daño causado. Es decir, de cuánto se benefició la persona que plagió. “El plagio como tal está tipificado en el código penal. Si tu lees el código penal éste dice que el plagio es una copia. El plagio es hacerse de una obra que no es propia”.

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