Gerentes peruanos en el extranjero: Trámites para la movilidad laboral

Especial TU DINERO. Las empresas que destacan a sus ejecutivos de primer nivel, para monitorear o supervisar sus inversiones en el exterior, deben evaluar el plazo y los trámites migratorios antes concretar el cambio. Las implicancias y costos tributarios y laborales podrían afectar su desarrollo

Miguel Alonso Juape Pinto
miguel.juape@diariogestion.com.pe

Existen casos en que el trabajador de una empresa debe realizar un viaje a otro país por motivos de trabajo para supervisar la ejecución de una obra o inversión o tener una permanencia mayor, a continuación presentamos algunas consideraciones claves.

El domicilio fiscal y reglas tributarias
El pago por el ingreso de un trabajador en el país modificará su tratamiento ante el fisco, por lo que la primera regla será el plazo en que el trabajador se desplazará a otro país.

El trabajador perderá su condición de domiciliado si adquiere la residencia en otro país y haya salido del Perú, o cuando se ausente del país más de 183 días calendario dentro de un periodo cualquiera de doce meses.

Estas reglas son de suma importancia para el pago del impuesto a la renta por los ingresos ya que de superar el plazo mínimo de permanencia se aplicarán las reglas del impuesto del país en donde resida y de acuerdo a las reglas del país en que se desplace, independientemente de que la empresa domiciliada en el Perú pague sus ingresos o la sucursal o filial lo asuma en el extranjero o país de destino.

Excepción
Las personas nacionales que desempeñan en el extranjero funciones de representación o cargos oficiales y que hayan sido designadas por el Sector Público Nacional, no se aplica esta regla del plazo de 183 días.

El contrato de trabajo
Si la empresa envía a un trabajador a otro país deberá considerar el tipo de visa o calidad migratoria con la que ingresará al país de desplazamiento para realizar la labor encomendada, es decir, una visa de trabajo.

En la región, existen convenios que otorgan facilidades a los nacionales peruanos para obtener la visa de trabajo como las normas de la Comunidad Andina de Naciones (Bolivia, Ecuador y Colombia),o las normas del Convenio Perú Mercosur (Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, Colombia y Uruguay), que establecen en líneas generales que se aplicará un tratamiento igual que a los nacionales de cada país cuando se obtenga la visa de trabajo.

Traslado y familia
Finalmente, otra consideración que deberá tener la empresa que decide el desplazamiento del trabajador es que el traslado se realice con la familia del trabajador para lo cual existen reglas en cada país y facilidades para que la empresa asuma algunos costos como educación y vivienda del trabajador y su familia.

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