Tras publicarse ley de la CTS, ¿desde cuándo se podrá realizar el mayor retiro?

El trabajador podrá solicitar el retiro de la CTS desde mañana, al entrar en vigencia la ley. Pero el tiempo para concretar el trámite variará en cada empresa, hasta que el Ministerio de Trabajo reglamente un plazo máximo.

Hoy se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley 30334, que exonera de forma permanente de descuentos a las gratificaciones y da mayor disponibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Sobre este segundo tema, ¿desde cuándo las personas podrán realizar un mayor retiro de sus fondos?

La ley señala que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, es decir, desde mañana jueves.

Entonces, en teoría las personas podrán iniciar el trámite del retiro de la CTS desde mañana, indicó el abogado laboralista César Puntriano. “La norma ya es aplicable desde mañana, el trabajador ya tendrá ese derecho y ni la empresa ni la entidad bancaria podrían negarse a este pedido”, anotó el especialista.

No obstante, Puntriano precisó que por ahora el trámite podría tener una demora de tiempo indeterminada, pues la ley aún no tiene un reglamento donde se establezca, entre otras cosas, el plazo máximo que tendrá la empresa para comunicar a la entidad financiera el sueldo de referencia del trabajador y el monto intangible de CTS.

“Algunas empresas podrían tardar 24 horas en comunicar la información a la entidad financiera, otras 72 horas, otras una semana, por ahora será muy variable”, indicó.

Cabe recordar que el año pasado se promulgó una ley similar y que luego fue reglamentada por el Ministerio de Trabajo. Allí se estableció que el plazo máximo para que la empresa comunique el monto intangible era de cinco días.

Puntriano refiere que el nuevo reglamento podría ser similar. “Pero tiene que publicarse el nuevo reglamento, pues el del año pasado solo aplicó para la anterior ley”, apuntó Puntriano, director del área laboral de PwC.

Tomando como referencia el reglamento del año pasado, los pasos para retirar la CTS son: el trabajador realiza la solicitud escrita a la empresa, luego ésta informa a la entidad financiera sobre el monto intangible, y luego el trabajador ya puede ir al banco para poder retirar el excedente.

La nueva ley es clara al señalar que para calcular el monto intangible de CTS se tomará como referencia la última remuneración del trabajador, en este caso, el sueldo de mayo.

La nueva ley permite retirar de la CTS el excedente de cuatro sueldos acumulados. Mientras que antes de la ley publicada hoy solo se podía retirar el 70% del excedente de seis sueldos acumulados.

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