En Chile se venden snacks y bebidas con avisos de nutrientes críticos y en Perú ¿cuándo?

Mientras que en el Perú está pendiente la reglamentación de las normas respectivas, en el Chile se tiene como plazo el 26 de junio para que todos los productos informen sobre sus nutrientes críticos.

Los productos de las marcas Fruna y Coca Cola ahora incluyen etiquetas que alertan el exceso de sodio, grasa, calorías y azúcar pero desde el 26 de junio será obligatorio para todos los productos que se vendan en el mercado chileno.

Según el diario La Tercera, un sello negro con la leyenda “Alto en azúcares” se distingue en las etiquetas de las bebidas Coca Cola que han salido en los últimos días al mercado, y se trata de los primeros en cumplir la ley de etiquetado de alimentos en el país sureño.

Dicha ley obliga a que todos los productos envasados en ese país alerten a los consumidores sobre el exceso de los nutrientes críticos azúcar, grasas, calorías y sodio, desde el 26 de junio.

Se trata de una iniciativa que adoptó en diciembre Fruna, la primera marca en rotular bajo los nuevos parámetros y que, a la fecha, cuenta con 30 productos etiquetados.

“La venta ha ido bien, no ha disminuido”, indicó Nicolás Santiesteban, gerente de desarrollo y marketing de la fábrica, quien añadió que, pese a la premura en la implementación, se requerirá más tiempo para cumplir con toda la producción.

“Como industria queremos un plazo mayor para rotular algunos productos que no alcanzaremos a tener en la fecha (de la ley)”.

Desde Coca Cola, en tanto, se indicó que paulatinamente se irán ajustando las etiquetas, de acuerdo al stock.

Para el subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, estos ejemplos son “una demostración de que hay voluntad en las empresas de avanzar en el tema”.

La norma, sin embargo, no ha estado exenta de polémicas y la principal crítica del sector empresarial, es hacia la logística de implementación. Eso llevó en febrero a AB Chile -gremio que reúne a las principales marcas de alimentos y bebidas- a recurrir a la Contraloría para aclarar si, tal como plantean, la obligación de rotular entrará en vigencia para todos productos que se fabriquen a contar del 26 de junio o si bien, como mantiene el Ministerio de Salud, regirá ese día para todos los productos que estén siendo comercializados.

“Habrá productos que empiecen a salir de manera anticipada, lo que refleja el esfuerzo de las empresas por adaptarse a este cambio con la mayor agilidad posible, pero eso no resuelve el problema del stock de productos que hoy se encuentra en el mercado”, apuntó Rodrigo Álvarez, presidente de la AB Chile, quien añadió que “esperamos que Contraloría aclare el tema”.

Caso peruano
En el Perú, la Defensoría del Pueblo solicitó al Ministerio de Salud (Minsa), priorizar la reglamentación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, ante el vencimiento de los plazos establecidos para cumplir con dicho proceso.

Eduardo Vega, Defensor del Pueblo (e), recordó que la Ley N° 30021 sobre alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes, fue promulgada en el mes mayo de 2013, y busca promover una nutrición adecuada de este sector de la población, así como la supervisar la publicidad referida a alimentos y bebidas no alcohólicas.

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