El próximo lunes 16 de noviembre vence el plazo para que los empleadores realicen el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), para todos los trabajadores comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada, que cumplan con una jornada mínima de 4 horas diarias, indicó la Sunafil.
De acuerdo con la normatividad vigente, el abono de la CTS debe realizarse durante los primeros quince días calendarios de los meses de mayo y noviembre de cada año, sin embargo, dado que este 15 de noviembre es domingo, deberá efectuarse el día lunes 16.
El incumplimiento del depósito de este beneficio social es considerado una infracción grave en materia sociolaboral y podría sancionarse hasta con 192 mil nuevos soles o 50 UIT, en el caso de una empresa No Mype. En una pequeña empresa, la multa podría llegar hasta 38 mil 500 nuevos soles, lo equivalente a 10 UIT.
Adicionalmente, a la multa, el empleador estará obligado a pagar el monto correspondiente por CTS más los intereses laborales generados y establecidos de acuerdo a ley, refirió la Sunafil.
Cabe recordar que las microempresas no están obligadas a cumplir con este pago, pues sus trabajadores se rigen por normas especiales.
Fiscalización
Debido a la importancia de este pago para los trabajadores, la Sunafil ha venido realizando aproximadamente 13,500 acciones de fiscalización sobre CTS a nivel nacional, habiendo encontrado más de 26 mil trabajadores afectados por el incumplimiento del abono de este derecho laboral.
Sobre la CTS
La CTS es un beneficio social de previsión ante posibles contingencias que originen el cese en el trabajo, y que tiene por finalidad cubrir las necesidades en caso de desempleo. El trabajador tiene derecho al cómputo de la CTS desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral.
La fórmula para el cálculo del depósito de la CTS es la remuneración computable más 1/6 de gratificación percibida, dividida entre 12 y multiplicada por 6.
Para el depósito de la CTS en mayo se considera el periodo comprendido entre el 1 de noviembre al 30 de abril. Para el depósito de la CTS en noviembre se considera el periodo comprendido entre 1 de mayo al 31 de octubre.
La Ley 30334, que exonera de forma permanente los descuentos para las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, también reconoce la disponibilidad temporal del 100% de los depósitos de la CTS excedente a los cuatro sueldos establecidos como intangibles.