Multan a Telefónica con S/. 196,350 por incumplir una decisión del Tribunal de Solución de Reclamos

El TRASU verificó que la empresa cumplió con devolver un monto reclamado por un usuario en una fecha fuera a la establecida, lo cual es considerado una infracción grave.

Telefónica podrá apelar la resolución que establece una multa de 51 UIT fijada por el Osiptel.
Telefónica podrá apelar la resolución que establece una multa de 51 UIT fijada por el Osiptel.

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) sancionó a Telefónica del Perú con una multa de 51 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/. 196,350, por haber cometido una infracción tipificada como en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones.

La infracción grave que cometió la empresa fue el incumplimiento de las resoluciones emitidas por el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU), en función al reclamo de un usuario.

Según el TRASU, la empresa acreditó con dejar a disposición del usuario involucrado, al cual no se le identifica, la devolución de la facturación de renta mensual y mantenimiento en sus recibos de octubre de 2003 hasta abril del 2005, más los intereses globales, pero lo hizo cuando ya habían transcurrido 14 días hábiles de iniciado el proceso sancionador por este caso.

Sin embargo, el regulador estableció que la resolución de la sanción no agota la vía administrativa, por lo que contra la misma puede proceder el recurso de reconsideración o apelación.

Dicho recurso podrá presentarse dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada a las partes involucradas.

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