Leasing inmobiliario: pago inicial de la prima también podrá ser financiado por bancos

El monto de la prima por estreno –que variará entre el 5% al 10% del valor de la vivienda- dependerá del resultado de la evaluación de riesgo crediticio de cada persona. El leasing inmobiliario empezará a operar desde noviembre próximo.

El sistema del leasing inmobiliario –próximo a implementarse- también contemplará la posibilidad de que el pago inicial de la prima por estreno pueda ser financiado por las entidades financieras.

Así lo estimó el gerente del Fondo Mivivienda, Gerardo Freiberg. “Estoy seguro de que se van a encontrar modalidades (de financiamiento de la prima). Hoy en día en el mercado hipotecario hay quienes financian la cuota inicial con un crédito de consumo. Eso se puede pactar”, subrayó.

Cabe recordar que desde el Gobierno se indicó que la prima podría equivaler al 5% del valor de la vivienda, aunque algunas entidades financieras han señalado que podría alcanzar el 10%.

El monto de la prima variará según la evaluación de riesgo crediticio que realice la entidad financiera. “Cuanto menos riesgo hay, menos prima se exigirá”, anotó Freiberg.

Tras este pago inicial, el leasing inmobiliario implica el financiamiento de casi la totalidad del valor de la vivienda, con un saldo por pagar al final. El financiamiento tendrá una tasa de interés menor respecto a un crédito hipotecario, en alrededor de dos puntos porcentuales, debido a que la entidad financiera mantendrá la propiedad del inmueble.

Tras culminado los años de pago de las cuotas (el periodo de tiempo variará según lo acordado entre ambas partes), la persona tendrá que cancelar el saldo pactado al inicio para hacerse de la propiedad de la vivienda.

Freiberg informó que el reglamento de la ley del leasing inmobiliario será publicado en octubre, por lo que se estima que desde noviembre los bancos empiecen a otorgar al público este nuevo tipo de financiamiento.

Asimismo, Freiberg señaló que no en todos los casos las entidades financieras requerirán del pago de una prima. Este pago no se exigiría sobre todo cuando primero se alquiló el inmueble por un determinado periodo de tiempo, bajo la nueva ley de arrendamiento.

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