MTPE: Inscripción en registro sindical estará sujeta a evaluación previa

Plazo de calificación no será mayor a 7 días naturales. Medida se da con el fin de combatir la delincuencia de los pseudo sindicatos en construcción civil.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso que el procedimiento de inscripción en el registro sindical esté sujeto a un plazo de calificación de la autoridad administrativa no mayor de 7 días naturales, con el fin de combatir la delincuencia de los pseudo sindicatos en construcción civil.

Esta nueva medida está contenida en el DS N° 007 – 2014 – TR publicada días atrás en las normas legales del Diario “El Peruano” mediante la cual se establecen disposiciones relativas a los Registros en materia de Construcción Civil.

Otra de las medidas importantes que se establece es que, excepcionalmente, la Autoridad Administrativa de Trabajo está facultada a suspender el registro de una organización sindical de construcción civil ante la existencia de hechos ilícitos como coacción en la contratación y cobro de cupos, etc. que resulten manifiestamente evidentes.

Así, a través de la Procuraduría Pública del MTPE y en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la medida de suspensión, debe solicitarse al órgano jurisdiccional la disolución judicial de la organización y solicitarse una medida cautelar para mantenerla.

Asimismo, en coordinación con el Ministerio del Interior, se amplía el listado de delitos que da lugar a la cancelación de la inscripción en el Registro de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC), quedando comprendidos los siguientes delitos: homicidio calificado; secuestro; robo agravado; extorsión; fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos; sustracción o arrebato de armas de fuego; marcaje; y falsificación de documentos.

Una medida adicional es el requerimiento de la fotografía del trabajador como requisito para su inscripción en el Registro de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC y así contar con información completa que permita coordinar acciones intergubernamentales e intersectoriales de prevención y sanción de la violencia en dicho sector.

Asimismo, iniciada la obra de construcción civil, la información que corresponda brindar debe incluir la nómina actualizada de los trabajadores comprendidos en cada obra.

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