Empresas serán multadas con S/. 38,500 como mínimo por incumplir cuotas de trabajadores con discapacidad

Juan Carlos Benavente de TyTL Abogados advierte una serie de dificultades para iniciar la fiscalización en el 2016, por lo que sugiere postergarlo por un año, ya que las empresas no están preparadas para cumplir las cuotas.

Gestion.pe

Desde el 1 de enero del 2016 se comenzará a fiscalizar que las empresas en el Perú cumplan con la cuota de trabajadores con discapacidad en sus respectivas planillas y en caso de incumplir eso recibirán multas que no serán menores a S/. 38,500, según Juan Carlos Benavente, jefe del Área Laboral y socio de Torres y Torres Lara (TyTL) Abogados.

“Se ha establecido una cuota mínima que deben cumplir los empleadores, tanto públicos como privados. En el caso de los empleadores públicos se ha establecido un porcentaje no menor del 5% del personal deben ser trabajadores con discapacidad”, declaró a gestion.pe

En el caso de los privados, las empresas que tengan más de 50 trabajadores deberán cumplir una cuota no menor del 3% de personal con discapacidad.

“Con motivo de la fiscalización que se va a hacer, y que implica ingresar a las planillas de los empleadores públicos y privados, se podrá tener información específica de si el trabajador tiene discapacidad o no”, aseveró.

Benavente indicó que aquellas empresas o instituciones públicas que no cumplan con las cuotas de trabajadores con discapacidad recibirán multas que fluctuarán entre 10 y 15 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

“Ahora una UIT está en S/. 3,850 y si la multa es mínimo las 10 UIT, estamos hablando de no menos de S/. 38,500 y hay que tener cuenta que el valor de la UIT va a ir variando en el tiempo”, acotó.

Dificultades
Sin embargo, advirtió que ese rango de 10 a 15 UIT está establecido en la Ley de Protección a la Persona con Discapacidad pero no está adecuado a la Ley General de Inspección del Trabajo, la cual establece una diferenciación de las multas en función a la cantidad de trabajadores afectados y el tipo de empresa fiscalizada.

“Me imagino que van a haber normas posteriores que adecuen esta circunstancia”, dijo.

Agregó que eventualmente esto podría originar problemas al momento de fiscalizar a las empresas, ya que el fiscalizador tendrá pocos elementos para establecer una determinada cantidad de la multa.

Aunque tampoco no sería el único, ya que tampoco se sabe claramente si la fiscalización de tema estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) o del Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (Conadis).

“La Ley de Protección a la Persona con Discapacidad establece que la Conadis es la encargada de fiscalizar esto y sin embargo hay una ley complementaria que dice que será la Sunafil, entonces ¿qué se va a aplicar finalmente?”, mencionó, al mismo tiempo que recordó que la Sunafil dispone de pocos fiscalizadores.

Teniendo en cuenta estas dificultades, opinó que el inicio de la fiscalización de las cuotas debería ser postergado por un año, ya que ese sería un plazo “razonable” para que las empresas puedan adecuarse a lo establecido en la ley.

“La pregunta es si las empresas están preparadas y yo consideró que no”, subrayó.

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